Corte Suprema · Civil

Pagar después de notificada la demanda no enerva la acción resolutoria

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, optando el acreedor por la resolución, el deudor ya no puede imponer el cumplimiento, y que para enervar la acción resolutoria el pago debe hacerse antes de notificarse la demanda, salvo acuerdo con el vendedor. Rechazó la casación en el fondo por manifiesta falta de fundamento.

Materias tratadas

  • Acción resolutoria y excepción de pago
  • Improcedencia de enervar la acción resolutoria pagando la deuda adeudada una vez que ya se ha iniciado y notificado la demanda

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.