Corte de Apelaciones de Santiago · Laboral

Nulidad laboral: artículos 477 y 478 letra e) no pueden invocarse conjuntamente

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que es lógicamente imposible deducir conjuntamente la infracción de ley del artículo 477 del Código del Trabajo, que supone aceptar la validez formal de la sentencia y los hechos asentados, y el vicio formal del artículo 478 letra e), que afirma lo contrario. Por esa defectuosa formalización, rechazó el recurso de nulidad de la demandada, sin costas.

Materias tratadas

  • Carácter extraordinario del recurso de nulidad laboral y exigencia de rigurosidad en la fundamentación de las causales y peticiones
  • Deber de señalar si las causales se invocan conjunta o subsidiariamente (inciso final del artículo 478 del Código del Trabajo)
  • Incompatibilidad lógica entre la causal de infracción de ley del artículo 477 y la de omisión de los requisitos de la sentencia del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo
  • Inamovilidad de los hechos y aceptación de la validez formal de la sentencia como presupuestos de la infracción de ley
  • Determinación de la base de cálculo de las cotizaciones de seguridad social y de las bases necesarias para su liquidación (artículos 459 N° 4 y N° 6 y 420 letra c) del Código del Trabajo, artículos 14, 17, 19 y 84 del Decreto Ley N° 3.500 y artículos 5 y 6 de la Ley N° 19.728) (alegación del recurrente)
  • Declaración de existencia de la relación laboral y justificación del despido indirecto

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.