Corte Suprema · Laboral

Nulidad del despido procede con relación laboral declarada judicialmente y autodespido

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema estimó que ambas materias ya están unificadas: la sentencia que reconoce la relación laboral es declarativa, de modo que la obligación de cotizar existía desde el inicio; y el autodespido es una modalidad de despido, no una renuncia, por lo que también procede la sanción. Rechazó el recurso de unificación del empleador.

Materias tratadas

  • Procedencia de la sanción de nulidad del despido (Ley Bustos) en casos donde la relación laboral es declarada judicialmente y el contrato termina por despido indirecto o autodespido

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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