Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia
No tener por acompañado el pliego de posiciones es inapelable en familia
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968 solo permite apelar en familia la sentencia definitiva, las resoluciones que ponen término al procedimiento o impiden su continuación y las que se pronuncian sobre cautelares; la que no tuvo por acompañado el pliego de posiciones no es ninguna. Declaró inadmisible la apelación.
Materias tratadas
- Recurso de apelación en procedimiento ordinario de familia
- Aumento de alimentos
- Resolución que no tuvo por acompañado el pliego de posiciones
- Taxatividad de las resoluciones apelables
- Improcedencia de la apelación respecto de resoluciones distintas de la sentencia definitiva, de las que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación y de las que se pronuncian sobre medidas cautelares
- Artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968
- Artículo 201 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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