Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia
El cuidado provisorio no puede separar a los hermanos sin causa grave
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que no procede alterar provisoriamente el cuidado estable de la madre si los antecedentes del padre fueron desvirtuados y el cambio separa a los hermanos sin causa grave, contra el artículo 27 de la Ley N° 21.430. Revocó la resolución y mantuvo el cuidado personal provisorio de la niña en la madre.
Materias tratadas
- Cuidado personal provisorio
- Medida cautelar innovativa
- Interés superior del niño, niña o adolescente
- Mantención del statu quo del cuidado radicado en la madre desde la separación de las partes
- Desvirtuación de los antecedentes médicos, psicológicos y pedagógicos aportados por el padre
- Derecho a no ser separado de los hermanos (artículo 27 de la Ley N° 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia)
- Recurso de apelación en el procedimiento de familia (artículo 67 de la Ley N° 19.968)
- Aplicación supletoria del artículo 227 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web