Corte de Apelaciones de Santiago · Familia
No hay plazo fatal para constituir el patrocinio
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el artículo 7 de la Ley N° 20.886 no fija plazo fatal para constituir el patrocinio, por lo que el apercibimiento es un plazo judicial, y la demandante ya había ratificado el mandato. Revocó y ordenó tener por cumplido lo ordenado y proveer la demanda.
Materias tratadas
- Ratificación del mandato judicial
- Constitución del patrocinio
- Inexistencia de plazo fatal para constituir el patrocinio (artículo 7 de la Ley N° 20.886)
- Naturaleza de plazo judicial, no fatal, del apercibimiento
- Revocación del apercibimiento y orden de proveer la demanda
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web