Corte de Apelaciones de Santiago · Laboral
Limitar la condena al monto demandado no es infracción de ley
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que restringir el recargo del artículo 168 del Código del Trabajo y la devolución del aporte al seguro de cesantía a las sumas pedidas en la demanda no infringe ley alguna, y que ese reproche debió plantearse por la causal del artículo 478 letra e). Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad laboral por la causal de haberse dictado la sentencia definitiva con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo (artículo 477 del Código del Trabajo)
- Hipótesis configurativas de la infracción de ley: contravención formal, errónea interpretación conforme a los artículos 19 a 24 del Código Civil y falsa aplicación
- Inamovilidad de los hechos fijados por el tribunal a quo y limitación del recurso al derecho aplicable
- Limitación de los montos de la condena al petitorio del libelo y ausencia de infracción normativa
- Improcedencia de la causal del artículo 477 del Código del Trabajo para denunciar ese defecto, que debió atacarse por la causal del artículo 478 letra e) del mismo cuerpo legal
- Determinación de la última remuneración mensual y recargo legal del treinta por ciento de la indemnización por años de servicios (artículos 172 y 168 letra a) del Código del Trabajo) (alegación del recurrente)
- Devolución del aporte del empleador a la cuenta individual por cesantía (artículos 52 y 13 de la Ley N° 19.728) (alegación del recurrente)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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