Corte de Apelaciones de Valparaíso · Penal

La sustancialidad de la colaboración es una cuestión de hecho

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que determinar si la colaboración del artículo 11 N° 9 del Código Penal fue sustancial es una cuestión de hecho, que no puede revisarse por la causal de errónea aplicación del derecho, y que fijar la pena dentro del grado legal es facultad de los jueces del fondo. Rechazó el recurso de nulidad.

Materias tratadas

  • Recurso de nulidad por errónea aplicación del derecho (artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal)
  • Concepto de infracción de ley como motivo de nulidad
  • Atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N° 9 del Código Penal)
  • Exigencia copulativa de disposición subjetiva y aporte efectivo y trascendente
  • Carácter fáctico de la determinación de la sustancialidad de la colaboración e inidoneidad de la causal de derecho para revisarla
  • Determinación judicial del quantum de la pena como facultad de los jueces del fondo (artículos 442 N° 2 y 449 regla 2ª del Código Penal)
  • Reincidencia específica del artículo 12 N° 16 del Código Penal

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Valparaíso
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.