Corte Suprema · Penal
La sentencia del juicio simplificado debe escriturarse íntegramente
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la sentencia del juicio oral simplificado debe escriturarse íntegramente e incorporarse al registro (artículo 396 del Código Procesal Penal); la celeridad no autoriza omitirlo. Transcribir solo la parte resolutiva vulnera el debido proceso: acogió la nulidad, anuló la sentencia y el juicio y ordenó uno nuevo.
Materias tratadas
- Obligación de escrituración íntegra de la sentencia en juicio oral simplificado
- Falta de fundamentación y de ponderación de la prueba como motivo absoluto de nulidad
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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