Corte Suprema · Penal

La sentencia del juicio simplificado debe escriturarse íntegramente

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la sentencia del juicio oral simplificado debe escriturarse íntegramente e incorporarse al registro (artículo 396 del Código Procesal Penal); la celeridad no autoriza omitirlo. Transcribir solo la parte resolutiva vulnera el debido proceso: acogió la nulidad, anuló la sentencia y el juicio y ordenó uno nuevo.

Materias tratadas

  • Obligación de escrituración íntegra de la sentencia en juicio oral simplificado
  • Falta de fundamentación y de ponderación de la prueba como motivo absoluto de nulidad

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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