Corte Suprema · Penal
La pregunta general a pasajeros no convierte a nadie en imputado
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la calidad de imputado, con el deber de informarle sus derechos, surge cuando los antecedentes le atribuyen participación en un hecho punible. Preguntar a todos los pasajeros a quién pertenecían unos equipajes no es esa atribución, por lo que no había deber de advertencia. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Tráfico ilícito de drogas
- Calidad de imputado y deber de información de derechos (art. 7 CPP)
- Pregunta general a pasajeros en fiscalización
- Libertad probatoria y testigo único
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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- Resumen extenso
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