Corte Suprema · Penal

La pregunta general a pasajeros no convierte a nadie en imputado

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la calidad de imputado, con el deber de informarle sus derechos, surge cuando los antecedentes le atribuyen participación en un hecho punible. Preguntar a todos los pasajeros a quién pertenecían unos equipajes no es esa atribución, por lo que no había deber de advertencia. Rechazó el recurso de nulidad.

Materias tratadas

  • Tráfico ilícito de drogas
  • Calidad de imputado y deber de información de derechos (art. 7 CPP)
  • Pregunta general a pasajeros en fiscalización
  • Libertad probatoria y testigo único

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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