Corte Suprema · Penal
La huida ante un control de tránsito habilita el control de identidad
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la huida del conductor ante una fiscalización de tránsito, apreciada junto a las demás circunstancias, es indicio suficiente para transformarla en control de identidad del artículo 85 del Código Procesal Penal y registrar sus vestimentas sin necesidad de un nuevo indicio. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- La huida ante una fiscalización de tránsito, apreciada en conjunto con las restantes circunstancias, constituye un indicio de gravedad y entidad suficiente que habilita la mutación a un control de identidad del artículo 85 del Código Procesal Penal y el subsiguiente registro de vestimentas sin nuevo indicio
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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