Corte de Apelaciones de Santiago · Familia

La conciliación de las partes pone término indirecto a la apelación

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la apelación puede terminar por vía consecuencial cuando el procedimiento finaliza por alguna forma que le pone término, como la conciliación, que es un equivalente jurisdiccional. Como las partes conciliaron sobre la materia discutida, la apelación terminó indirectamente. Confirmó la resolución apelada.

Materias tratadas

  • Medios indirectos de poner término al recurso de apelación
  • Conciliación como equivalente jurisdiccional
  • Término de la apelación por vía consecuencial al finalizar el procedimiento
  • Recurso de apelación en el procedimiento de familia (artículo 67 de la Ley N° 19.968)

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
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