Corte de Apelaciones de Santiago · Familia
La conciliación de las partes pone término indirecto a la apelación
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la apelación puede terminar por vía consecuencial cuando el procedimiento finaliza por alguna forma que le pone término, como la conciliación, que es un equivalente jurisdiccional. Como las partes conciliaron sobre la materia discutida, la apelación terminó indirectamente. Confirmó la resolución apelada.
Materias tratadas
- Medios indirectos de poner término al recurso de apelación
- Conciliación como equivalente jurisdiccional
- Término de la apelación por vía consecuencial al finalizar el procedimiento
- Recurso de apelación en el procedimiento de familia (artículo 67 de la Ley N° 19.968)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web