Corte de Apelaciones de Concepción · Familia
La adopción firme excluye las pretensiones de la familia de acogida
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la adopción firme hace a la niña hija de los adoptantes y excluye las pretensiones de la familia de acogida (artículo 1° de la Ley N° 19.620). Rechazó la casación en la forma, pues el juez podía fallar en la audiencia preparatoria, y confirmó el rechazo de la protección y del cuidado provisorio.
Materias tratadas
- Medida de protección de niños, niñas y adolescentes
- Recurso de casación en la forma en materia de familia (artículo 67 N° 6 de la Ley N° 19.968; artículo 768 N° 9 del Código de Procedimiento Civil)
- Trámites esenciales de recepción de la causa a prueba y de práctica de diligencias probatorias (artículo 795 N° 3 y 4 del Código de Procedimiento Civil)
- Facultad del juez de dictar sentencia en la audiencia preparatoria (artículo 72 de la Ley N° 19.968)
- Desestimación de la casación por ausencia de perjuicio reparable solo con la invalidación y por no influir el vicio en lo dispositivo (artículo 768 inciso penúltimo del Código de Procedimiento Civil)
- Cuidado personal provisorio
- Adopción y estado civil de hijo
- Interés superior del adoptado (artículo 1° de la Ley N° 19.620)
- Exclusión de las pretensiones de la familia de acogida externa frente a la adopción firme
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web