Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
La apelación de sentencia definitiva ordinaria procede en ambos efectos
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la sentencia definitiva dictada en juicio ordinario de mayor cuantía no está entre las excepciones del artículo 194 del Código de Procedimiento Civil, por lo que rige la regla general del artículo 195. Acogió el falso recurso de hecho y declaró que la apelación se concede en ambos efectos.
Materias tratadas
- Falso recurso de hecho
- Efectos en que se concede la apelación de una sentencia definitiva dictada en juicio ordinario de mayor cuantía
- Regla general de concesión de la apelación en ambos efectos (artículo 195 del Código de Procedimiento Civil)
- Hipótesis de excepción de apelación en el solo efecto devolutivo (artículo 194 del Código de Procedimiento Civil)
- Artículos 158, 188 y 196 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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