Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Insuficiencia del apercibimiento del artículo 26 CPP justifica arraigo nacional
Lo que resolvió la Corte
La Corte descartó el consumo personal y resolvió que, teniendo el microtráfico pena privativa de libertad y registrando el imputado causas vigentes por violencia intrafamiliar, no basta el apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal: la cautela exige el arraigo nacional, la medida menos intensa. Confirmó el arraigo nacional.
Materias tratadas
- Medida cautelar de arraigo nacional
- Microtráfico de drogas (artículo 4° de la Ley N° 20.000)
- Presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal
- Control de identidad (artículo 85 del Código Procesal Penal)
- Necesidad de cautela (letra c) del artículo 140)
- Insuficiencia del apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal
- Causas vigentes por violencia intrafamiliar
- Artículos 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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