Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Tráfico con armas justifica prisión preventiva pese a las Reglas de Bangkok
Lo que resolvió la Corte
La Corte tuvo por concurrente la participación bajo el estándar de sospecha fundada y dejó la calificación jurídica para el fondo, aunque la cantidad de droga, junto a armas y municiones, impide reconducirla a microtráfico. Descartó las Reglas de Bangkok y de Tokio por la gravedad de los delitos y la falta de labores de cuidado. Confirmó la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Revisión de la prisión preventiva (artículo 145 del Código Procesal Penal)
- Presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal
- Estándar de sospecha fundada de participación
- Calificación jurídica de los hechos como materia de fondo (artículos 3° y 4° de la Ley N° 20.000)
- Necesidad de cautela y peligro para la seguridad de la sociedad
- Improcedencia de la perspectiva de género en el caso concreto (Reglas de Bangkok y de Tokio, CEDAW y Convención Belém do Pará)
- Principios de excepcionalidad y proporcionalidad (artículos 122 y 139 del Código Procesal Penal)
- Artículo 370 letra b) del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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