Corte Suprema · Penal

Incorporación tardía de la entrevista videograbada vulnera el derecho a defensa

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la reproducción excepcional de la entrevista videograbada (artículo 18 de la Ley N° 21.057) debe anunciarse oportunamente. Pedirla tras rendida toda la prueba de cargo fue una sorpresa procesal que impidió a las defensas preparar sus contrainterrogatorios y afectó gravemente el debido proceso. Acogió los recursos de nulidad y ordenó un nuevo juicio.

Materias tratadas

  • Delito de trata de personas con fines de explotación sexual
  • Garantía del debido proceso y derecho a defensa
  • Sorpresa procesal por incorporación extemporánea de la entrevista investigativa videograbada de la víctima (Ley N° 21.057)

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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