Corte Suprema · Penal
Apurar el paso portando especies ante la policía justifica controlar la identidad
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que circular con una especie de gran tamaño y apurar el paso al ver a la policía, sin explicar su procedencia, configura el indicio del artículo 85 del Código Procesal Penal, por lo que la prueba es lícita.
El rechazo de la imputabilidad disminuida fue fundado; revisarlo implicaría revalorar la prueba. Rechazó los recursos de nulidad.
Materias tratadas
- Robo con fuerza en lugar habitado
- Control de identidad e indicio (art. 85 CPP y art. 12 Ley 20.931)
- Prueba ilícita y flagrancia
- Imputabilidad disminuida
- Valoración de la prueba (sana crítica)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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- Resumen extenso
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