Corte Suprema · Penal

Apurar el paso portando especies ante la policía justifica controlar la identidad

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que circular con una especie de gran tamaño y apurar el paso al ver a la policía, sin explicar su procedencia, configura el indicio del artículo 85 del Código Procesal Penal, por lo que la prueba es lícita.

El rechazo de la imputabilidad disminuida fue fundado; revisarlo implicaría revalorar la prueba. Rechazó los recursos de nulidad.

Materias tratadas

  • Robo con fuerza en lugar habitado
  • Control de identidad e indicio (art. 85 CPP y art. 12 Ley 20.931)
  • Prueba ilícita y flagrancia
  • Imputabilidad disminuida
  • Valoración de la prueba (sana crítica)

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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