Corte Suprema · Penal
Una condena no firme no basta para decretar la prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que una condena no firme no derriba por sí sola la presunción de inocencia, y que decretar la prisión preventiva basándose solo en ella infringe el deber de fundamentación de los artículos 36 y 143 del Código Procesal Penal. Revocó, acogió el amparo y restableció las cautelares menos intensas anteriores.
Materias tratadas
- Recurso de amparo
- Prisión preventiva
- Presunción de inocencia frente a sentencia condenatoria no firme
- Deber de fundamentación (arts. 36 y 143 CPP)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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