Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Gestiones para custodiar los títulos ejecutivos son útiles contra el abandono
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que las presentaciones del ejecutante destinadas a cumplir la orden de custodiar los títulos de la ejecución son gestiones útiles, porque buscan dejar el proceso en estado de fallo. Como entre ellas no medió el plazo del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, revocó y rechazó el incidente de abandono.
Materias tratadas
- Juicio ejecutivo
- Abandono del procedimiento en el cuaderno de apremio
- Cómputo del plazo de seis meses del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil desde la última gestión útil
- Gestiones destinadas a obtener la custodia y exhibición de los títulos fundantes de la ejecución como gestiones útiles
- Improcedencia de declarar el abandono cuando no ha transcurrido el plazo legal desde la última gestión útil
- Artículos 152 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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