Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Es nula la notificación practicada en un domicilio distinto del informado
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la cédula de notificación de la sentencia definitiva (artículo 48 del Código de Procedimiento Civil) se entregó en un domicilio distinto del que legalmente correspondía, pues la ejecutada había comunicado antes un nuevo domicilio que el tribunal tuvo presente. Revocó, acogió el incidente y anuló la notificación de la sentencia definitiva.
Materias tratadas
- Juicio ejecutivo
- Nulidad de la notificación de la sentencia definitiva por practicarse en domicilio distinto del comunicado al tribunal
- Formalidades de la cédula de notificación
- Artículo 48 del Código de Procedimiento Civil
- Artículos 83 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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