Corte de Apelaciones de Santiago · Familia

Es inapelable el rechazo de la objeción a la liquidación de alimentos

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la resolución que rechaza la objeción a la liquidación de alimentos es inapelable, porque lo prohíbe el artículo 12 de la Ley N° 14.908 y no cabe en el artículo 67 de la Ley N° 19.968. Un fallo previo en la misma causa no obliga. Rechazó el recurso de hecho.

Materias tratadas

  • Recurso de hecho
  • Improcedencia del recurso de apelación contra la resolución que rechaza la objeción a la liquidación de pensiones alimenticias
  • Inapelabilidad conforme al artículo 12 de la Ley N° 14.908
  • Carácter taxativo del artículo 67 de la Ley N° 19.968
  • Derecho al recurso y principio del doble conforme
  • Efecto relativo de las sentencias judiciales (artículo 3° del Código Civil)

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
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