Corte de Apelaciones de Santiago · Familia
El cambio de domicilio de los hijos justifica redistribuir los alimentos
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el cambio de circunstancias, pues las hijas mayores viven con el padre y los hijos menores con la madre, junto con la capacidad económica de ambos, exige redistribuir equitativamente la contribución. Confirmó con declaración: eliminó la pensión en dinero, repartió los gastos directos entre ambos y mantuvo los extraordinarios por mitades.
Materias tratadas
- Rebaja de pensión de alimentos
- Cambio de circunstancias desde la fijación original de la pensión
- Capacidad económica de ambos progenitores
- Redistribución de la contribución alimenticia según el domicilio de los alimentarios
- Alimentarios mayores de edad que viven con el padre
- Gastos extraordinarios soportados por mitades
- Artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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