Corte Suprema · Penal
En procedimiento simplificado, la sentencia debe comunicarse íntegra y por escrito
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la sentencia del procedimiento simplificado debe comunicarse por escrito, íntegra y dentro de cinco días, y que una que solo contiene la parte resolutiva vulnera el debido proceso, la defensa y el derecho al recurso. Acogió el recurso de nulidad, invalidó la sentencia y la audiencia, y ordenó una nueva.
Materias tratadas
- Obligación de escrituración íntegra y comunicación oportuna de la sentencia condenatoria en procedimiento simplificado (arts. 39, 43 y 396 CPP)
- Afectación al debido proceso, derecho de defensa y derecho al recurso
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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