Corte Suprema · Penal

En procedimiento simplificado, la sentencia debe comunicarse íntegra y por escrito

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la sentencia del procedimiento simplificado debe comunicarse por escrito, íntegra y dentro de cinco días, y que una que solo contiene la parte resolutiva vulnera el debido proceso, la defensa y el derecho al recurso. Acogió el recurso de nulidad, invalidó la sentencia y la audiencia, y ordenó una nueva.

Materias tratadas

  • Obligación de escrituración íntegra y comunicación oportuna de la sentencia condenatoria en procedimiento simplificado (arts. 39, 43 y 396 CPP)
  • Afectación al debido proceso, derecho de defensa y derecho al recurso

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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