Corte Suprema · Penal
Los dedos son "objetos de cualquier índole" en el abuso sexual agravado
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la expresión "objetos de cualquier índole" del artículo 365 bis del Código Penal comprende cualquier parte del cuerpo distinta del órgano sexual masculino, como los dedos, conforme a la historia fidedigna de la ley, sin analogía in malam partem. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Interpretación de la expresión "objetos de cualquier índole" en el delito de abuso sexual agravado del artículo 365 bis del Código Penal
- Valoración de prueba en delitos sexuales contra menores y principio de razón suficiente
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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