Corte de Apelaciones de Santiago · Civil

El vínculo conyugal o filial es indicio de daño moral por rebote

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que acreditar el vínculo conyugal y filial con una víctima de detención política y tortura es indicio del daño moral, que se avalúa prudencialmente según el vínculo, los efectos sufridos por la víctima y la edad de las demandantes. Revocó en ese punto, fijó las indemnizaciones y eximió al Fisco de costas.

Materias tratadas

  • Responsabilidad extracontractual del Estado por violaciones a los derechos humanos
  • Daño moral por rebote reclamado por el cónyuge y las hijas de la víctima de detención política y tortura
  • Acreditación del vínculo familiar como indicio de la existencia del daño moral
  • Avaluación prudencial del daño moral
  • Exención de costas por no haber sido el demandado totalmente vencido
  • Artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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