Corte de Apelaciones de Santiago · Laboral
El recargo del artículo 168 se aplica a la indemnización convencional
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la frase "aumentada esta última" del artículo 168 del Código del Trabajo abarca la indemnización por años de servicio legal o convencional, como unificó la Corte Suprema, y que el artículo 176 solo impide acumular indemnizaciones, sin excluir el recargo sancionatorio. Rechazó con costas el recurso de nulidad de la demandada.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad laboral
- Causal de infracción de ley (artículo 477 del Código del Trabajo)
- Recargo por despido improcedente (artículo 168 letra a) del Código del Trabajo)
- Aplicación del recargo a la indemnización por años de servicio de origen convencional o colectivo
- Indemnización convencional (artículo 163 del Código del Trabajo)
- Incompatibilidad de indemnizaciones (artículo 176 del Código del Trabajo)
- Naturaleza sancionatoria del recargo
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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