Corte Suprema · Penal

El protocolo debe informar la pureza también de la cannabis sativa

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el artículo 43 de la Ley N° 20.000 exige informar la pureza de toda droga, incluida la cannabis sativa, sin excepción legal. Sin ese dato no se acredita su aptitud para causar graves efectos tóxicos y se vulnera el principio de lesividad: acogió el recurso de nulidad.

Materias tratadas

  • La exigencia de pureza de la droga en el protocolo de análisis del artículo 43 de la Ley N° 20.000 se aplica también a la cannabis sativa, sin que la ley establezca excepción alguna
  • Su ausencia impide establecer la lesividad de la conducta y vulnera el principio de lesividad

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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