Corte Suprema · Laboral
El desafuero maternal por vencimiento del plazo exige ponderar los antecedentes
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, aun invocándose la causal objetiva del vencimiento del plazo (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo), el juez no puede limitarse a constatarla para autorizar el desafuero maternal, sino que debe ponderar los antecedentes del caso. Acogió el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la trabajadora.
Materias tratadas
- La autorización judicial del desafuero maternal por vencimiento del plazo exige al juez ponderar los antecedentes del caso, sin limitarse a la mera constatación objetiva de la causal de término
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
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