Corte de Apelaciones de Santiago · Civil

El crédito con garantía estatal queda excluido de la liquidación voluntaria

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la Ley N° 20.027 tiene carácter especial frente a las normas generales del procedimiento concursal, atendida su regulación propia sobre exigibilidad, incapacidad de pago y mecanismos de pago, por lo que el crédito con garantía estatal debe excluirse de la liquidación voluntaria de la deudora: revocó y acogió el incidente de exclusión.

Materias tratadas

  • Procedimiento concursal de liquidación voluntaria
  • Crédito con garantía estatal destinado a financiar la educación superior regulado en la Ley N° 20.027
  • Carácter especial de la Ley N° 20.027 frente a las normas generales que regulan el procedimiento concursal
  • Exigibilidad e incapacidad de pago y mecanismos de pago previstos en el título V de la Ley N° 20.027
  • Exclusión del procedimiento de liquidación del crédito con garantía estatal de que es titular la Tesorería General de la República
  • Revocación conforme al artículo 186 del Código de Procedimiento Civil

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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