Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
El crédito con garantía estatal queda excluido de la liquidación voluntaria
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la Ley N° 20.027 tiene carácter especial frente a las normas generales del procedimiento concursal, atendida su regulación propia sobre exigibilidad, incapacidad de pago y mecanismos de pago, por lo que el crédito con garantía estatal debe excluirse de la liquidación voluntaria de la deudora: revocó y acogió el incidente de exclusión.
Materias tratadas
- Procedimiento concursal de liquidación voluntaria
- Crédito con garantía estatal destinado a financiar la educación superior regulado en la Ley N° 20.027
- Carácter especial de la Ley N° 20.027 frente a las normas generales que regulan el procedimiento concursal
- Exigibilidad e incapacidad de pago y mecanismos de pago previstos en el título V de la Ley N° 20.027
- Exclusión del procedimiento de liquidación del crédito con garantía estatal de que es titular la Tesorería General de la República
- Revocación conforme al artículo 186 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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