Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
El Crédito con Garantía Estatal es exigible vencido el período de gracia
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el certificado académico acompañado con citación, y no objetado, acredita que el cobro se inició agotado el período de gracia de 18 meses desde el egreso, por lo que el título es exigible. Revocó, rechazó todas las excepciones, incluida la de falta de fuerza ejecutiva, y ordenó seguir la ejecución.
Materias tratadas
- Juicio ejecutivo fundado en Crédito con Garantía Estatal para estudios superiores
- Excepción de falta de fuerza ejecutiva del título por inexigibilidad (artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil)
- Acreditación de la exigibilidad del título mediante instrumento acompañado con citación y no objetado
- Período de gracia contractual para el cobro del crédito
- Condena en costas a la parte vencida
- Artículo 186 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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