Corte de Apelaciones de Concepción · Familia
El bien familiar exige que el inmueble sea residencia principal actual
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, conforme al artículo 141 del Código Civil, solo puede declararse familiar el inmueble de un cónyuge que actualmente sea residencia principal de la familia, presupuesto de procesabilidad controlable según el artículo 54-1 de la Ley N° 19.968. Como la propia solicitante reconoció que no lo era, confirmó la resolución apelada.
Materias tratadas
- Declaración de bien familiar
- Requisito de actualidad de la residencia principal de la familia
- Presupuesto de la acción y control de procesabilidad (artículo 54-1 de la Ley N° 19.968)
- Naturaleza de medida prejudicial precautoria de la declaración provisoria de bien familiar (artículo 141 inciso tercero del Código Civil)
- Artículo 141 del Código Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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