Corte Suprema · Laboral

El autodespido se aplica supletoriamente a los regidos por el Estatuto Docente

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el Estatuto Docente, cuyo artículo 71 permite una amplia aplicación supletoria del Código del Trabajo, no regula el despido indirecto, laguna que se integra con el artículo 171 de ese código. Acogió la unificación, anuló el fallo de nulidad y ordenó al tribunal de instancia resolver el fondo.

Materias tratadas

  • A las personas regidas por el Estatuto Docente (Ley N°19.070) les es aplicable supletoriamente la institución del despido indirecto o autodespido del artículo 171 del Código del Trabajo

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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