Corte Suprema · Laboral
El autodespido se aplica supletoriamente a los regidos por el Estatuto Docente
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el Estatuto Docente, cuyo artículo 71 permite una amplia aplicación supletoria del Código del Trabajo, no regula el despido indirecto, laguna que se integra con el artículo 171 de ese código. Acogió la unificación, anuló el fallo de nulidad y ordenó al tribunal de instancia resolver el fondo.
Materias tratadas
- A las personas regidas por el Estatuto Docente (Ley N°19.070) les es aplicable supletoriamente la institución del despido indirecto o autodespido del artículo 171 del Código del Trabajo
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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