Corte Suprema · Laboral
El vencimiento del plazo no basta para desaforar a una trabajadora embarazada
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la sola concurrencia de la causal del artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo no basta para desaforar a una trabajadora embarazada: el juez debe ponderar los antecedentes y la normativa nacional e internacional protectora de la maternidad. Acogió la unificación y rechazó el desafuero, con pago de remuneraciones y prestaciones de seguridad social.
Materias tratadas
- No basta la sola verificación de la causal objetiva del artículo 159 N°4 para autorizar el desafuero de una trabajadora embarazada
- El juez debe ponderar los antecedentes y la normativa nacional e internacional protectora de la maternidad
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
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- Resumen extenso
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