Corte Suprema · Laboral
Despido injustificado impide al empleador descontar su aporte al seguro de cesantía
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema reiteró que descontar el aporte al seguro de cesantía exige que el contrato haya terminado efectivamente por las causales del artículo 161 del Código del Trabajo; declarado injustificado o improcedente el despido, el empleador debe restituir los montos. Por estar la materia unificada, declaró inadmisible el recurso de unificación del empleador.
Materias tratadas
- Procedencia del descuento al aporte del seguro de cesantía efectuado por el empleador (artículo 13 Ley N°19.728) cuando el despido por necesidades de la empresa es declarado injustificado
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web