Corte Suprema · Penal
Depositada la caución, el tribunal no puede rediscutir de oficio la cautela
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, depositada la caución fijada por resolución ejecutoriada, correspondía ordenar la libertad; el tribunal carecía de facultades para citar de oficio a una nueva audiencia y, operado el desasimiento, no podía rediscutir la necesidad de cautela por otra causal. Revocó, acogió el amparo y ordenó la libertad.
Materias tratadas
- Prisión preventiva y caución
- Desasimiento del tribunal
- Falta de facultades de oficio para discutir la necesidad de cautela
- Libertad personal y presunción de inocencia
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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