Corte Suprema · Penal
La querella de capítulos se exige aunque el juez haya cesado
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la querella de capítulos del artículo 425 del Código Procesal Penal, previa a pedir prisión preventiva contra un juez, protege la independencia judicial y no a la persona: se exige aunque haya cesado en el cargo. Omitida, revocó, acogió el amparo y dejó sin efecto la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Querella de capítulos (antejuicio)
- Prisión preventiva de juez por delitos ministeriales (art. 425 CPP)
- Independencia judicial
- Juez que cesó en sus funciones
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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