Corte Suprema · Penal
Denuncias coincidentes, patente adulterada y fuga justifican el control de identidad
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que tres llamados independientes, la coincidencia del vehículo, su patente adulterada y la fuga ante la policía configuran el indicio objetivo del artículo 85 del Código Procesal Penal.
La declaración de ilegalidad de la detención no produce cosa juzgada sobre la exclusión de prueba (artículo 132 inciso cuarto). Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Control de identidad y validez del indicio bajo el artículo 85 del Código Procesal Penal
- Receptación de vehículo motorizado y debido proceso
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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