Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia
Cuidado personal traspasado y pago acreditado permiten admitir la demanda
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el acta en que la madre aceptó radicar en el padre el cuidado personal de la adolescente, junto con el comprobante de pago, son antecedentes calificados que permiten admitir la demanda del padre conforme al artículo 1° inciso tercero de la Ley N° 14.908. Revocó y ordenó darle curso.
Materias tratadas
- Admisión a tramitación de la demanda
- Exigencia de antecedentes calificados para dar curso a la demanda (artículo 1° inciso 3 de la Ley N° 14.908)
- Ponderación del acta de audiencia que radica el cuidado personal de la adolescente en el padre y del comprobante de pago como antecedentes calificados
- Facultades del tribunal de alzada (artículo 67 de la Ley N° 19.968)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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