Corte de Apelaciones de Santiago · Laboral
Criterios de selección invocados en la carta de despido deben probarse
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, aunque la causal de necesidades de la empresa no exige justificar por qué se despide a un trabajador determinado, si la carta de despido invoca criterios de selección, el empleador debe probarlos. Exigirlo no añade un requisito extralegal al artículo 161 del Código del Trabajo. Rechazó el recurso de nulidad del empleador.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad laboral
- Causal de infracción de ley (artículo 477 del Código del Trabajo)
- Despido por necesidades de la empresa (artículo 161 incisos primero y tercero del Código del Trabajo)
- Exigencias del aviso de término y hechos que fundan el despido (artículos 162 y 454 N° 1 del Código del Trabajo)
- Criterios de selección del trabajador desvinculado autoimpuestos por el empleador en la carta
- Inamovilidad de los hechos asentados
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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