Corte de Apelaciones de Santiago · Laboral
Con sueldo mensual más variable, la semana corrida no exige devengo diario
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, para los trabajadores con sueldo mensual y remuneración variable que la Ley N° 20.281 incorporó al artículo 45 del Código del Trabajo, basta el carácter variable para la semana corrida, sin exigir devengo diario. El dictamen contrario de la Dirección del Trabajo no vincula: rechazó la nulidad.
Materias tratadas
- Nulidad laboral por infracción de ley
- Semana corrida (artículo 45 del Código del Trabajo)
- Trabajador con sueldo mensual y remuneración variable
- Innecesariedad del devengamiento diario de la parte variable tras la Ley N° 20.281
- Carácter no vinculante de los dictámenes de la Dirección del Trabajo
- Despido indirecto (artículo 171 del Código del Trabajo)
- Artículo 477 del Código del Trabajo
- Ley N° 20.281
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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