Corte de Apelaciones de Santiago · Laboral
Hechos fijados por confesión ficta son inamovibles en la nulidad laboral
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la causal de infracción de ley obliga a respetar los hechos asentados, incluidos la propiedad de la obra y la subcontratación establecidos por confesión ficta conforme al artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo, de modo que no hubo error al aplicar el artículo 183-A: rechazó la nulidad.
Materias tratadas
- Nulidad laboral por infracción de ley y por infracción a las reglas de la sana crítica
- Régimen de subcontratación (artículo 183-A del Código del Trabajo)
- Responsabilidad de la empresa principal por accidente del trabajo
- Indemnización del daño moral
- Confesión ficta por incomparecencia del representante legal (artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo)
- Inamovilidad de los hechos asentados
- Artículo 477 del Código del Trabajo
- Artículo 478 letra b) del Código del Trabajo
- Artículo 456 del Código del Trabajo
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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