Corte Suprema · Penal
Cambiar de dirección ante la policía no justifica control de identidad
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que cambiar de dirección al ver un carro policial es una conducta neutra, no el indicio objetivo que exige el artículo 85 del Código Procesal Penal para controlar y registrar a una persona. Toda la evidencia obtenida y derivada es ilícita: anuló el juicio y ordenó otro sin esa prueba.
Materias tratadas
- Control de identidad sin indicio (art. 85 CPP)
- Prueba ilícita y efecto expansivo
- Receptación
- Debido proceso
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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