Corte Suprema · Penal
Una condena no ejecutoriada no basta para decretar prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la sola comunicación de una condena no ejecutoriada no es antecedente nuevo que justifique reemplazar cautelares menores por prisión preventiva; basarse solo en ella infringe el deber de fundamentación (artículos 143 y 144 del Código Procesal Penal) y la presunción de inocencia. Acogió el amparo y ordenó la libertad.
Materias tratadas
- Recurso de amparo
- Prisión preventiva y presunción de inocencia (art. 4 CPP)
- Fundamentación de la resolución cautelar (arts. 143 y 144 CPP)
- Sentencia condenatoria no ejecutoriada
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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