Corte Suprema · Penal

Autorización de ingreso sin informar derechos al imputado carece de valor

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la calidad de imputado nace con la primera diligencia que le atribuye participación y obliga a informarle sus derechos, incluido el de no autoincriminarse. Sin esa advertencia, su autorización de entrada carecía de valor y la prueba obtenida era ilícita. Acogió la nulidad y ordenó un nuevo juicio excluyendo esa prueba.

Materias tratadas

  • Cultivo de especies vegetales productoras de estupefacientes (Ley 20.000)
  • Calidad de imputado y deber de información
  • Derecho a no autoincriminarse
  • Inviolabilidad del hogar
  • Prueba ilícita y entrada y registro consentida

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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