Corte Suprema · Penal
No pueden reducirse los abonos fijados en sentencia ejecutoriada
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que los abonos reconocidos en sentencia ejecutoriada quedan amparados por la cosa juzgada (artículo 175 del Código de Procedimiento Civil), por lo que el tribunal no podía reducirlos después, a instancias de la autoridad penitenciaria, por un presunto error de cálculo. Revocó, acogió el amparo y ordenó mantener los abonos fijados.
Materias tratadas
- Recurso de amparo
- Cosa juzgada
- Modificación de sentencia ejecutoriada
- Abonos de días de privación de libertad
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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