Corte Suprema · Civil

Artículo 68 CPP: interrupción de la prescripción civil tras procedimiento abreviado

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, si el proceso penal termina en procedimiento abreviado sin fallarse la acción civil, rige el artículo 68 del Código Procesal Penal: la prescripción solo sigue interrumpida si se demanda en sede civil dentro de 60 días desde la ejecutoria. Demandado fuera de plazo, rechazó la casación en el fondo.

Materias tratadas

  • Responsabilidad extracontractual derivada de un delito penal
  • Cómputo del plazo de prescripción
  • Interrupción civil de la prescripción en sede penal
  • Aplicación del artículo 68 del Código Procesal Penal ante sentencias dictadas en procedimiento abreviado

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.