Corte Suprema · Penal
Amparo contra prueba anticipada pierde oportunidad si la defensa conoció las declaraciones
Lo que resolvió la Corte
Aunque el artículo 228 sexies del Código Procesal Penal, en que se fundó sacar a la defensa de la audiencia, no era aplicable, la Corte Suprema estimó que el agravio perdió oportunidad: la defensa ya accedió a las declaraciones previas del testigo protegido y podrá ejercer sus facultades en la prueba anticipada. Confirmó el rechazo del amparo.
Materias tratadas
- Prueba anticipada
- Testigo protegido
- Debido proceso y bilateralidad de la audiencia
- Pérdida de oportunidad del agravio
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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