Corte Suprema · Penal

Violación y abuso sexual impropio cometidos siendo adolescente prescriben en dos años

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, siendo el imputado adolescente, el abuso sexual impropio y la violación de menor de 14 años constituyen simple delito (artículo 21 de la Ley N° 20.084), cuya acción prescribe en dos años (artículo 5°). Al formalizarse ya había prescrito: acogió el amparo y sobreseyó definitivamente.

Materias tratadas

  • Recurso de amparo
  • Responsabilidad penal adolescente (Ley N° 20.084)
  • Prescripción de la acción penal
  • Suspensión de la prescripción por la formalización (art. 233 CPP)
  • Delitos sexuales contra menor de 14 años

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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