Corte Suprema · Penal
Violación y abuso sexual impropio cometidos siendo adolescente prescriben en dos años
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, siendo el imputado adolescente, el abuso sexual impropio y la violación de menor de 14 años constituyen simple delito (artículo 21 de la Ley N° 20.084), cuya acción prescribe en dos años (artículo 5°). Al formalizarse ya había prescrito: acogió el amparo y sobreseyó definitivamente.
Materias tratadas
- Recurso de amparo
- Responsabilidad penal adolescente (Ley N° 20.084)
- Prescripción de la acción penal
- Suspensión de la prescripción por la formalización (art. 233 CPP)
- Delitos sexuales contra menor de 14 años
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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