Corte Suprema · Penal
Ver munición desde fuera de la habitación es flagrancia que autoriza ingresar
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema constató que los policías entraron a espacios comunes de libre acceso o con autorización del encargado y vieron la munición desde fuera de la habitación. Esa observación directa configura la flagrancia del artículo 130 letra a) del Código Procesal Penal, que habilita el ingreso y registro sin autorización. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Tenencia ilegal de municiones
- Entrada y registro sin orden judicial
- Flagrancia (arts. 130, 205 y 206 CPP)
- Prueba ilícita
- Inviolabilidad del hogar
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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